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2023-10-18

Ezequiel Mazza, de Inmobiliaria Cresecente-Mazza, analizó la nueva Ley de Alquileres

 En una entrevista matutina en "Buen día Ciudad," transmitida por FM 103.1 Radio Ciudad, Ezequiel Mazza de Inmobiliaria Cresecente-Mazza despejó las incógnitas que rodeaban la nueva Ley de Alquileres en Argentina, que comenzó a regir este miércoles 18 de octubre.

La normativa, sancionada el 10 de octubre, trae consigo importantes cambios en el mercado inmobiliario y ha sido motivo de especulación y preocupación para propietarios e inquilinos por igual.

La entrevista se centró en los aspectos clave de la nueva ley y cómo afectará a los contratos de alquiler existentes y a aquellos que estaban en espera debido a la incertidumbre. Según Ezequiel, la nueva ley no representa un cambio radical, pero “ntroduce la posibilidad de realizar aumentos semestrales en pesos en lugar de anuales, manteniendo el período de alquiler en tres años”. “Uno de los puntos destacados es la devolución del 10% de las ganancias para incentivar a los inquilinos a seguir alquilando y a los propietarios a poner sus propiedades en el mercado”, dijo.

Uno de los puntos que generó mayor interés fue cómo se calcularán los nuevos montos de alquiler. Ezequiel explicó que este será un acuerdo entre el propietario y el inquilino, basado en cuánto la inflación afectó al último año del contrato de alquiler. Además, se introducirá un nuevo índice de medición llamado "Casa Propia," que se calcula como un promedio del salario del último año y la inflación. Sin embargo, aún queda por definir cómo se aplicará este índice en la práctica.

Ezequiel también mencionó que, si bien algunas inmobiliarias tenían contratos pendientes debido a la incertidumbre, su empresa optó por hacer prórrogas para mantener un marco legal mientras se definía la nueva ley. Con la entrada en vigencia de la nueva regulación, ahora se realizarán nuevos contratos siguiendo las directrices de la nueva ley.

En resumen, la nueva Ley de Alquileres introduce cambios significativos en el mercado inmobiliario argentino y plantea desafíos tanto para los propietarios como para los inquilinos. Se espera que en los próximos meses se clarifiquen los detalles y se conozcan los efectos reales de esta nueva regulación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ley de alquileres

La nueva ley establece beneficios fiscales y nuevas pautas para la registración de contratos

Moneda del contrato

La nueva Ley establece que, en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional y por períodos mensuales.

 

Periodicidad de ajuste

Sobre el valor de los contratos podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis meses.

 

Dichos ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina.

 

Publicación de ofertas

 

Toda publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse exclusivamente en moneda nacional.

 

Beneficios fiscales

 

- Monotributo:

En el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados, se considera como una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma.

 

Los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta 2 inmuebles estarán exentos del pago del monotributo

 

- Bienes personales

 

Estarán exentos de este impuesto los inmuebles destinados a locación para casa-habitación, con contratos debidamente registrados, cuando el valor de cada uno de ellos sea igual o inferior a $ 30.000.000, monto establecido en el segundo párrafo del artículo 24 de la ley del impuesto.

 

- Débitos y créditos bancarios

 

Estarán exentos de este impuesto los créditos y débitos en caja de ahorro o cuentas corrientes bancarias utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados, conforme a la reglamentación.

 

- Ganancias

 

Se podrá deducir el 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinado a casa-habitación. Ambas partes, locatario y locador, podrán hacer uso de esta deducción adicionalmente con otras que existan.